Integración de la Comisión Temporal de Administración, Prerrogativas y Fiscalización
Por acuerdo del Consejo General tomado en Sesión Extraordinaria de fecha 4 de abril de 2007, la Comisión de Administración, Prerrogativas y Fiscalización se integra por:
Presidenta: Consejera electoral Lic. María de Lourdes Becerra Pérez.
Integrante: Consejera electoral Mstro. Humberto Urquiza Martínez.
Integrante: Consejero electoral Dr. Rodolfo Farías Rodríguez.
Secretario Técnico: Lic. José Ignacio Celorio Otero, Vocal de Administración y Prerrogativas.
Facultades de la Comisión de Administración, Prerrogativas y Fiscalización
El Reglamento Interior del Instituto Electoral de Michoacán, en su artículo 12 establece que corresponde a la Comisión de Administración, Prerrogativas y Fiscalización, las siguientes:
I. Elaborar el proyecto de Programa Anual de Trabajo de la Comisión y presentarlo al Consejo para su aprobación;
II. Establecer los procedimientos internos para el trabajo de la Comisión en sus reuniones;
III. Realizar los estudios y formular los proyectos de resoluciones, sobre los asuntos que le confiere el Código, en materia de administración, prerrogativas y fiscalización a Partidos Políticos;
IV. Proponer a la Junta medidas para la provisión de apoyos técnicos y administrativos para el trabajo de la Comisión;
V. Requerir y conocer los programas de trabajo e informes de avance de la Vocalía de Administración y Prerrogativas y proponer a la misma medidas para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos;
VI. Formular propuestas y recomendaciones a las Unidades Técnicas y Vocalías, por conducto de la Junta, para la elaboración de políticas y programas generales, tendientes al mejoramiento de la administración del Instituto;
VII. Dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Consejo relacionados con las actividades de la Comisión;
VIII. Solicitar a la Secretaría Técnica que convoque, a las reuniones que la Comisión determine, al personal del Instituto que esté facultado para informar sobre los avances de los asuntos relacionados con la materia que señala la fracción I, del presente artículo;
IX. Vigilar el cumplimiento de las normas relativas a la fiscalización a Partidos Políticos establecidas en el Código y en otras disposiciones aprobadas por el Consejo;
X. Presentar los informes que le sean solicitados por el Consejo; y,
XI. Las demás que determine el Código, el Consejo y el presente Reglamento.
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Oficinas centrales: |
Bruselas No. 118 Col. Villa Universidad C.P. 58060 Tel. (443) 322 14 00 |
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Oficinas de Contraloría y Fiscalización: |
José Trinidad Esparza No. 31, Fracc. Arboledas Valladolid, C.P. 58337, Tels. (443) 334 0503 y 324 6476 |
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ambos domicilios en la Ciudad de Morelia, en el estado de Michoacán, México |
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