Integración de la Comisión Interna de Acceso a la Información Pública 

Por acuerdo del  Consejo General tomado en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de abril de 2013, la Comisión Interna de Acceso a la Información Pública se integra por:

  • Presidente: Consejero electoral Dr. Ramón Hernández Reyes.
  • Integrante: Consejero electoral Lic. José Román Ramírez Vargas.
  • Integrante: Consejero electoral Mtra. Martha López González.
  • Secretario Técnico: Jefe de Departamento de Acceso a la Información Pública

Funciones de la Comisión Interna de Acceso a la Información Pública

El Reglamento Interior del Instituto Electoral de Michoacán, en su artículo 11 establece que: 

La Comisión Interna de Acceso a la Información deberá funcionar de manera continua e ininterrumpida, integrándose de la siguiente forma: Por dos Consejeros Electorales y el Presidente del Instituto, y el titular de la área correspondiente, quien fungirá como secretario técnico.

El Reglamento en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Electoral de Michoacán en su artículo 63 establece que: 

“Se crea la Comisión Interna como órgano que funcionará en los casos en los que sea necesaria una deliberación en materia de acceso a la información pública. Se integrará por el Presidente del IEM quien la presidirá, dos Consejeros Electorales y el Responsable de la Unidad como Secretario Técnico”. 

Serán facultades de la Comisión Interna: 

I. Emitir el acuerdo que clasifique la información como reservada o confidencial, previo dictamen del Instituto;

II. Pedir el apoyo de la Junta para determinar, confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información;

III. Conocer el informe de la Unidad;

IV. Aprobar los formatos de la solicitud de acceso a la información; y,

V. Conocer los casos en los que algún Órgano niegue, de manera injustificada e infundada, la información que se le haya solicitado.

 

     

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