Integración de la Comisión Interna de Acceso a la Información Pública
Por acuerdo del Consejo General tomado en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de abril de 2013, la Comisión Interna de Acceso a la Información Pública se integra por:
- Presidente: Consejero electoral Dr. Ramón Hernández Reyes.
- Integrante: Consejero electoral Lic. José Román Ramírez Vargas.
- Integrante: Consejero electoral Mtra. Martha López González.
- Secretario Técnico: Jefe de Departamento de Acceso a la Información Pública
Funciones de la Comisión Interna de Acceso a la Información Pública
El Reglamento Interior del Instituto Electoral de Michoacán, en su artículo 11 establece que:
La Comisión Interna de Acceso a la Información deberá funcionar de manera continua e ininterrumpida, integrándose de la siguiente forma: Por dos Consejeros Electorales y el Presidente del Instituto, y el titular de la área correspondiente, quien fungirá como secretario técnico.
El Reglamento en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Electoral de Michoacán en su artículo 63 establece que:
“Se crea la Comisión Interna como órgano que funcionará en los casos en los que sea necesaria una deliberación en materia de acceso a la información pública. Se integrará por el Presidente del IEM quien la presidirá, dos Consejeros Electorales y el Responsable de la Unidad como Secretario Técnico”.
Serán facultades de la Comisión Interna:
I. Emitir el acuerdo que clasifique la información como reservada o confidencial, previo dictamen del Instituto;
II. Pedir el apoyo de la Junta para determinar, confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información;
III. Conocer el informe de la Unidad;
IV. Aprobar los formatos de la solicitud de acceso a la información; y,
V. Conocer los casos en los que algún Órgano niegue, de manera injustificada e infundada, la información que se le haya solicitado.