Con fundamento en los artículos 158 y 348, párrafo segundo, del Código Electoral del Estado de Michoacán y con base al Acuerdo No. CG-03/2014, la Unidad Técnica del Voto de los Michoacanos en el Extranjero, se integrará de la siguiente manera, y tiene las siguientes facultades y obligaciones:

Ing. María Sánchez Sánchez
Titular de la Unidad Técnica del Voto de los Michoacanos en el Extranjero.

Lic. Myriam Martinez Campos
Secretario Técnico de de la Unidad Técnica del Voto de los Michoacanos en el Extranjero

 

Facultades y obligaciones:

I. Elaborar los estudios, programas, planes y procedimientos, así como su ejecución, tendentes a la organización del voto de los michoacanos en el extranjero, que contribuyan a garantizar que los michoacanos en el extranjero puedan ejercer su derecho de votar en la elección de Gobernador al Estado de Michoacán en términos del Libro Noveno del Código Electoral de Michoacán de Ocampo;
II. Elaborar el plan de trabajo para la organización del voto de los michoacanos en el extranjero;
III. Elaborar la estrategia de organización para que se incremente la participación de los michoacanos en el extranjero en las etapas del proceso electoral;
IV. Realizar las acciones necesarias para el registro de los michoacanos que soliciten su inscripción en la lista de votantes michoacanos en el extranjero;
V. Elaborar la estrategia de promoción y difusión del voto de los michoacanos en el extranjero;
VI. Realizar las tareas de promoción y difusión del voto de los michoacanos en el extranjero;
VII. Coordinar las actividades relacionadas con la producción y resguardo de documentación y materiales electorales;
VIII. Coordinar las actividades tendentes al escrutinio y cómputo de la votación de los michoacanos en el extranjero;
IX. Ejecutar previo acuerdo con el Presidente del Instituto, las tareas de vinculación con entidades públicas y privadas relacionadas con el voto de los michoacanos en el extranjero;
X. Planear programas de acercamiento, información y encuentros de intercambio informativo con la comunidad internacional relacionados con el voto de los michoacanos en el extranjero;
XI. Elaborar y presentar a los órganos del Instituto Electoral de Michoacán las propuestas e informes necesarios para el cumplimiento de las atribuciones de cada uno;
XII. Interactuar y coordinarse con las demás áreas del Instituto para la realización de las actividades que se relacionen con sus atribuciones;
XIII. Proponer los convenios necesarios a celebrarse con dependencias de competencia federal, estatal, organismos internacionales, así como instituciones de carácter social, privado y los demás organismos y dependencias, públicos y privados para dar cabal cumplimiento al Libro Noveno del Código Electoral de Michoacán de Ocampo;
XIV. Presentar un informe final de actividades y una memoria del Voto de los michoacanos en el Extranjero; y
XV. Las demás que le confieran el Consejo General, el Presidente, la Junta Estatal Ejecutiva y la Comisión Especial para el Voto de los Michoacanos en el Extranjero del Instituto Electoral de Michoacán.

El Secretario Técnico de planeación y seguimiento tendrá las siguientes atribuciones:

I. Coadyuvar en la elaboración de la propuesta de estrategia de promoción y difusión del voto de los michoacanos en el extranjero;
II. Coadyuvar y dar seguimiento al debido cumplimiento de los acuerdos de la Comisión Especial para el Voto de los Michoacanos en el Extranjero; y
III. Las demás que le confieran el Consejo General, el Presidente, la Junta Estatal Ejecutiva y el Titular de la Unidad Técnica del Voto en el Extranjero del Instituto Electoral de Michoacán.

El Departamento de Organización, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Elaborar y proponer el diseño de los documentos y materiales que contendrán las propuestas y plataformas de los candidatos a Gobernador, que serán enviados a los ciudadanos michoacanos para que emitan de manera informada su voto en el extranjero, garantizando equitativamente espacios y tiempos para todos los candidatos;
II. Operar la distribución y recepción de las solicitudes para la inscripción en la lista de votantes michoacanos en el extranjero;
III. Diseñar la página de Internet para la difusión e información del voto de los michoacanos en el extranjero;
IV. Llevar el estadístico de las solicitudes, de los registros y de los paquetes electorales postales;
V. Coordinarse con el Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, de acuerdo al convenio, para la elaboración de la lista de votantes michoacanos en el extranjero, y se dé de baja temporal de la lista nominal correspondiente a cada sección electoral;
VI. Implementar la logística de integración, envío y recepción del paquete electoral postal;
VII. Las demás que le confieran el Consejo General, el Presidente, la Junta Estatal Ejecutiva y el Titular de la Unidad Técnica del Voto en el Extranjero del Instituto Electoral de Michoacán.

El Departamento Jurídico, tendrá las atribuciones siguientes:

I. Informar sobre la procedencia o no de la solicitud de registro en la lista de votantes michoacanos en el extranjero;
II. Elaborar los informes sobre las solicitudes recibidas para integrar la lista de votantes michoacanos en el extranjero;
III. Elaborar los proyectos de convenio que correspondan, entre ellos, con:

a. La Secretaría de Relaciones Exteriores;
b. El Instituto Federal Electoral;
c. El Servicio Postal Mexicano; y,
d. Las demás dependencias de competencia federal, estatal, organismos internacionales, así como instituciones de carácter social, privado y los demás organismos y dependencias, públicos y privados.

IV. Las demás que le confieran el Consejo General, el Presidente, la Junta Estatal Ejecutiva y el Titular de la Unidad Técnica del Voto en el Extranjero del Instituto Electoral de Michoacán.

 


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