Declaración Patrimonial

Este formato es para uso exclusivo de los funcionarios, jefes de unidad y jefes de departamento que laboran en el Instituto Electoral de Michoacán, quienes de acuerdo con el Artículo 66 fracción VI, del Reglamento Interior del propio Instituto y de conformidad con el Artículo 2º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán, señalan la obligación que existe para las personas encargadas de manejar o aplicar recursos económicos provenientes del Estado, quienes con motivo de su nivel jerárquico y/o nombramiento, están obligados a presentar su declaración de situación patrimonial inicial, desde la fecha de inicio del cargo, nombramiento o encomienda;  la declaración de modificación patrimonial de forma anual y la declaración de situación patrimonial por conclusión del cargo.

 

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